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25 noviembre, 2023

¿Andorra o la Zona Especial Canaria?

Zona Especial Canaria
Javier Navarro
martes, 02 febrero 2021 / Publicado en Fiscal

¿Andorra o la Zona Especial Canaria?

Ahora que se ha puesto de moda la fuga de los millonarios youtubers a Andorra para pagar menos impuestos y reducir su factura fiscal, es el momento de descubrir que es la Zona Especial Canaria (ZEC).

Andorra dejó de ser considerado un paraíso fiscal al abandonar el secreto bancario en 2017 y cuenta con una tributación baja. Pero es verdad que no puede competir con el clima, las conexiones a internet o las infraestructuras de Canarias, pero a lo mejor, con los tipos impositivos, tampoco.

¿Qué es la zona Zona Especial Canaria?

La Unión Europea reconoce a Canarias como una región de baja tributación. En sus inicios estaba limitado unas zonas concretas de las islas, de ahí su nombre. Ahora, según la tipología de la empresa esta puede instalarse en cualquier lugar de las Islas Canarias.

La Zona Especial Canaria destaca por su fiscalidad, concretamente con el tipo impositivo más bajo de Europa, el 4% de impuesto de sociedades. 

Además, esta baja tributación va a acompaña con otras ayudas, también dentro de lo que se conoce como el Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias, donde aparece el IGIC, al 7%, a diferencia del 21% del territorio peninsular, la Reserva para inversiones en Canarias, diferentes deducciones a la inversión o la I+D+i dentro del Impuesto de sociedades o incluso la compatibilización de las ventajas fiscales de ser Zona franca.

Requisitos para ser empresa de la Zona Especial Canaria

Las empresas se quieran beneficiar de estos incentivos, deben cumplir una serie de requisitos para ser autorizada como empresa ZEC:

  • En general, se pueden instalar cualquier empresa industrial, comercial o de servicios que esté incluida en el listado de actividades permitidas.
  • Ser una entidad o sucursal de nueva creación con domicilio y sede de dirección efectiva en el ámbito geográfico de la ZEC.
  • Al menos uno de los administradores de la sociedad deberá residir en Canarias.
  • Realizar una inversión mínima de 100.000€ (para las islas de Tenerife y Gran Canaria) o de 50.000€ (en el caso de La Gomera, El Hierro, La Palma, Fuerteventura o Lanzarote) en activos fijos afectos a la actividad, dentro de los 2 primeros años.
  • Crear, al menos, 5 o 3 puestos de trabajo según se trate de las islas capitalinas o no. Esto debe hacerse dentro de los 6 meses siguientes al momento de la inscripción y mantener este promedio durante los años que esté adscrita a la ZEC.

Imagen: Pixabay.com/lapping

Etiquetado bajo: ayudas, impuestos

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