Se entienden como gastos de difícil justificación, todos aquellos en los que incurra un trabajador autónomo pero que no tienen una relación clara, evidente y unívoca con la actividad económica o profesional que desempeña.
Los gastos derivados de la utilización de un vehículo, son un claro ejemplo de esta problemática. Son muchos los gastos de difícil justificación que se pueden incluir por tanto, y por ello la normativa fiscal permite que se descuente un porcentaje de este tipo de gastos.
¿Pueden aplicarlo todos los autónomos?
La respuesta es, no. Solo aquellos autónomos que tributen en el régimen de estimación directa, podrán deducir gastos de difícil justificación. Esto es, todos aquellos cuyos rendimientos se calculen sobre el saldo resultante de minorar gastos a sus ingresos. Están excluidos por tanto, los autónomos que cotizan bajo estimación objetiva, coloquialmente llamado tributación por “módulos”.
Además es condición indispensable para poder deducir este tipo de gastos, que se deben de obtener beneficios. Los gastos de difícil justificación se aplican sobre resultados positivos tras restar todos los gastos justificables.
¿Cómo se calculan?
El cálculo de los gastos de difícil justificación es automático. No hace falta acumular todas las facturas de gastos de difícil justificación para demostrarlos. Del total de ingresos, se restan en primer lugar los gastos derivados de la actividad económica o profesional. Una vez obtenido ese resultado, se aplicarán restando los gastos de difícil justificación. Hasta el 31 de dicembre de 2022, tenían un límite del 5% con un tope máximo de 2.000 euros. A continuación explicaremos su normativa en 2023.
Los cambios en los gastos de difícil justificación a partir de 2023
Este porcentaje del 5% cambia a partir del 1 de enero de 2023. Junto a la modificación del sistema de cotización del autónomo también lo han hecho los gastos de difícil justificación. Así se elevan hasta el 7% para los autónomos y se incluye un 3% para los autónomos societarios, aquellos que son administradores de alguna empresa.
Esta mejora influye de forma importante en la declaración de la renta. Con un ejemplo se verá mejor: Un autónomo que facture 20.000 euros y soporte unos gastos de 10.000 euros. Obtendrá un beneficio tras gastos de 10.000 sobre el que se aplica ese 7%, 700 euros en este caso. Si restamos esa cantidad a los 10.000 previos, el beneficio a tributar sería de 9.300 euros.
Este tipo de gastos de difícil justificación, también se pueden aplicar a las comunidades de bienes o sociedades civiles. Esto es, entidades cuyas actividades económicas se desarrollen en régimen de atribución de rentas. Deben de cumplir, además de tributar por estimación directa simplificada, que sus miembros sean exclusivamente personas físicas y declarar una facturación inferior a los 600.000 euros anuales.