Llegó la hora de la verdad. En pocos días, concretamente el 1 de octubre de 2018 es el día clave que va a cambiar las relaciones de los autónomos con la Seguridad Social.
A partir de entonces estas personas físicas con actividad económica estarán obligados a realizar sus trámites con la Seguridad Social de forma electrónica a través del Sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED).
¿Por qué estoy obligado como autónomo a estar en el sistema RED?
Porque ha llegado la fecha límite fijada en la Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo, por la que se regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social, donde se establecía que “[…] la incorporación al Sistema RED será obligatoria para los sujetos responsables de la obligación de cotizar” afectando a “[…] los sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos”
Y ahora, ¿cómo me doy de alta en el sistema RED?
Lo primero que debes tener en cuenta que el 1 de octubre de 2018 ya llegó. No te pongas nervioso, ya que lo único que va a cambiar es tu forma de relacionarte con la Seguridad Social.
Para darte de alta en el sistema RED, lo único que necesitas en un certificado digital válido, seguro que ya lo tienes. Y lo siguiente, y más recomendable, aparte de que lo puedas hacer por tu cuenta, es que hables con tu asesoría, y haga de autorizado. Es tu asesoría la que gestionará todos los trámites con la Seguridad Social.
¿Qué trámites se hacen a través del sistema RED?
Ya sea a través del propio sistema red, o directamente en la Sede electrónica de la Seguridad Social, el autónomo estará obligado y podrá hacer los siguientes trámites:
- Alta o baja en el RETA.
- Modificación de su actividad profesional
- Cambio de bases de cotización. Hasta cuatro veces en el año natural, el trabajador por cuenta propia puede modificar su base, informando a través de la vía telemática.
- Cambio de datos.
- Modificación de la cobertura de contingencias.
- Obtención de duplicado de la resolución de alta o baja en el RETA.
- Certificados de estar corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Acceso al informe de vida laboral.
- Consulta de las bases de cotización.
- Cambio de domicilio cuando se necesite.
- Domiciliar el pago de cuotas a la Seguridad Social.
- Informar de cambio de datos como teléfono y correo electrónico.
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