INICIA SESIÓN CON TU CUENTA

Continua con Google
CREATE AN ACCOUNT ¿HAS PERDIDO TU CONTRASEÑA?

¿HAS PERDIDO TUS DETALLES?

¡UN MOMENTO, YA ME ACUERDO!

CREAR MI CUENTA

¿YA TIENES UNA CUENTA?
Todos tu trámites a un click
  • SIGN UP
  • LOGIN

iAsesoria

  • Servicios
    • Emprendedores y start-ups
    • Autónomos y freelances
    • Asesoría de empresas
    • Consultoría
  • Habla con tu asesor
    • Realizar una consulta
    • Mis consultas
  • Clientes
  • Contasimple
  • Blog
    • Gestión
    • Fiscal
    • Laboral
    • Financiación
    • Actualidad Legal
    • iAsesoria
  • Servicios de Renta
  • CARRITO
    No products in cart.
  • Inicio
  • Blog
  • Laboral
  • ¿Qué es un autónomo colaborador?
5 febrero, 2023

¿Qué es un autónomo colaborador?

Javier Navarro
martes, 20 junio 2017 / Publicado en Laboral

¿Qué es un autónomo colaborador?

Es habitual que los emprendedores quieran contratar a familiares cercanos, como hijos o la pareja, para trabajar en el negocio familiar, pero esta contratación no se puede hacer de cualquier manera.

Pero entonces, ¿puedo contratar por cuenta ajena a un familiar y ponerle una nómina? La respuesta general es no. La seguridad social limita las personas que siendo familiares se puedan contratar, y para contrarrestar esto crea la figura del autónomo colaborador

¿Quién tiene que ser autónomo colaborador?

Hay que tener en cuenta que los familiares deben cumplir una serie de requisitos para ser autónomo colaborador:

  • Ser familiar directo del autónomo titular de la actividad, esto es, su cónyuge, descendientes, ascendientes y otros parientes hasta el segundo grado incluido de consanguinidad o afinidad; si se tratara de parejas de hecho existe el requisito que además deberá existir convivencia en el mismo domicilio.
  • Que la colaboración en el negocio sea estable, no pudiendo ser una colaboración o ayuda puntual o esporádica, ya que debe trabajar de forma habitual con el autónomo.
  • No debe de estar dado de alta como trabajador por cuenta ajena, es decir, no debe cotizar en el régimen general de la Seguridad Social.
  • Los menores de 16 años no podrán ser considerados autónomos colaboradores porque no pueden trabajar de forma legal según el Estatuto del Trabajador.

Como estamos viendo, no se pueden contratar a ningún familiar por el régimen por cuenta ajena, sino que tienen que ser autónomos colaboradores, pero existe una excepción, ya que el autónomo titular si podrá contratar como trabajadores dados de alta en el régimen general de la Seguridad Social a sus hijos menores de 30 años que convivan o no con él.  

Bonificaciones y obligaciones del autónomo colaborador

La cuota del autónomo colaborador se encuentra bonificada, con el 50% durante los primeros 18 meses y del 25% durante los seis meses siguientes, medidas tomadas en su momento para aflorar la economía sumergida.

Igualmente, si nos fijamos en las obligaciones del autónomo colaborador, hay que tener en cuenta que, aunque estemos hablado de un autónomo, sus obligaciones fiscales no son las mismas, ya que no tiene que presentar las declaraciones trimestrales de IRPF e IVA, teniendo simplemente que presentar en su declaración anual de la Renta los rendimientos del trabajo como cualquier empleado por cuenta ajena.

Foto | Pixabay

Compártelo:

  • Haz clic para compartir en Twitter (Se abre en una ventana nueva)
  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva)
Etiquetado bajo: autónomo, seguridad social, vida familiar

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Contacta con nosotros

    Tu nombre (requerido)

    Tu Teléfono (requerido)

    Tu email:

    Artículos recientes

    • Cómo calcular el IRPF aplicable en 2023

      Con la llegada del 2023, la Agencia Tributaria ...
    • Cotización por ingresos reales

      Claves para entender la nueva cuota de autónomo 2023

      El 2023  quedará para el recuerdo como el año e...
    • Periodificaciones a final de año

      Con la llegada del nuevo año, más concretamente...
    • Pequeño comercio

      La clave del pequeño comercio: mejorar la experiencia del cliente

      En un mercado cada vez más competitivo, para el...
    • Conceptos japoneses

      10 conceptos  japoneses que te ayudarán en la gestión de tu empresa

      La cultura empresarial japonesa se caracteriza ...

    Sobre iAsesoria

    iAsesoría.com es una consultoría asesoría fiscal y contable online parte del Club de la Pyme formada por un equipo de profesionales expertos en la asesoría a empresas, contabilidad y fiscalidad y consultoría a empresas.

    Contacta con nosotros

    Galicia

    Tel: 982 55 12 16
    Av. Ferrol nº 3 Entpta A-2
    27850 - Viveiro (Lugo)
    España

    Madrid

    Tel: 91 704 51 64
    contacto@iasesoria.com
    iAsesoría FLC SL
    C/ Alcalá 155 3º I Madrid 28009

    iAsesoría

    Es miembro de la Asociación Profesional de Expertos contables y Tributarios de España

    Suscríbete al Newsletter

    • Contacto
    • Quiénes Somos
    • Información Legal
    • Condiciones generales de contratación
    • Confidencialidad y profesionalidad
    SUBIR
     

    Cargando comentarios...
     

      Si continuas utilizando este sitio aceptas el uso de cookies. más información

      Los ajustes de cookies de esta web están configurados para "permitir cookies" y así ofrecerte la mejor experiencia de navegación posible. Si sigues utilizando esta web sin cambiar tus ajustes de cookies o haces clic en "Aceptar" estarás dando tu consentimiento a esto.

      Cerrar