Las empresas pueden ser clasificadas en función del tamaño, impulsando desde la Unión Europea la homogeneización del concepto actual de PYME.
El acrónimo de PYME obedece a las siglas de pequeña y mediana empresa. En Europa, nueve de cada diez empresas son pymes, las cuales generan dos de cada tres puestos de trabajo.
Requisitos para ser una PYME
Para categorizar a las empresas en función de su tamaño se tienen en cuenta determinadas variables. Se determinará mediante el número de trabajadores de la empresa así como el volumen de negocio. Así se establece en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión.
Por tanto, en función de su tamaño las empresas pueden ser: microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas.
Una microempresa es aquella que tiene hasta 10 trabajadores y un volumen de negocio o balance anual que no supera los 2 millones de euros.
La pequeña empresa es aquella que cuenta con una plantilla de menos de 50 trabajadores y que tiene un volumen de negocio o balance inferior o igual a 10 millones de euros.
La mediana empresa es la que tiene menos de 250 trabajadores y un volumen de negocio menor o igual a 50 millones de euros o un balance que no supere los 43 millones de euros.
Diferencias entre pyme y empresa de reducida dimensión
A diferencia de la PYME, una empresa de reducida dimensión es aquella en la que el importe neto de la cifra de negocios haya sido inferior a 10 millones de euros en el período impositivo inmediato anterior.
Por este límite económico no se puede considerar a todas las PYMEs como empresas de reducida dimensión. En este caso, solo las definidas como microempresas y pequeñas empresas pueden ser consideradas entidades de reducida dimensión. En el caso de las medianas empresas, solo en el caso de que no superen los 10 millones de cifra neta de negocio.
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