En 2017, aunque todavía no hay fecha para su implantación, el límite para realizar pagos en efectivo será de 1.000 euros, después de que el Gobierno decidiera reducir este límite fijado en 2.500 euros desde el año 2012, en artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre como medida de control del fraude.
Hay que tener en cuenta que cuando hablamos a un límite de 1.000 euros se refiere a la cantidad total que tengamos que abonar, por lo que si la factura que vayamos a abonar es de 1.800 euros, no podremos hacer dos pagos en efectivo, uno de 1.000 y otro de 800 porque también estaría prohibido.
Este último término viene definido en la Ley como “2. A efectos del cálculo de las cuantías […] se sumarán los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios”
¿Qué se considera pago en efectivo?
Para evitar cualquier confusión es conveniente conocer qué medios de pago se consideran efectivo, estableciéndose en el artículo 34.2 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, donde se incluyen:
- El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
- Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
- Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago al portador.
Por tanto, nos queda dar más uso a las tarjetas bancarias, las transferencias o los cheques nominativos
¿De cuánto puede ser la multa si me paso de 1.000 euros?
Incumplir con este límite de pago en efectivo constituye una infracción administrativa grave, donde tanto el pagador como el receptor pueden responder de forma solidaria con la multa que se imponga, pudiendo la Agencia Tributaria dirigirse a cualquier de ellos.
Las personas o empresas infractoras puede ser sancionada con una multa del 25% sobre la cantidad que hayamos pagado y que exceda los 1.000 euros permitidos, lo que supone que la sanción mínima será de 250 €.
Cabe recordar que estas infracciones prescriben a los cinco años, teniendo igualmente que guardarse los resguardos que justifiquen el pago durante ese mismo periodo para probar que el pago no se ha hecho en efectivo.
¿Cuándo NO es conveniente pagar nada en efectivo?
Es buen momento para recordar que, aunque exista este límite, si tienes pensado solicitar una subvención, es recomendable no pagar nada en efectivo y recurrir al pago con tarjeta o las transferencias para poder disponer de los documentos que justifiquen el pago a través de los extractos bancarios donde se reflejen dichas operaciones.
Foto | Peter Linke